La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la Recomendación 03/2026 al municipio de San Felipe Jalapa de Díaz por acreditar violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la libertad personal por detención arbitraria; a la integridad y seguridad personal, así como al derecho de acceso a un recurso efectivo en agravio de una persona quien murió al interior de la cárcel municipal de dicha localidad.
Derivado de una nota periodística difundida el 8 de febrero del 2025, en la que se informaba el caso de ahorcamiento en el interior de la cárcel municipal de San Felipe Jalapa de Díaz, esta Defensoría inició un expediente de oficio a fin de investigar las violaciones a los derechos humanos; posteriormente, con fecha 1 de septiembre del mismo año se recibió el escrito de la víctima indirecta solicitando la intervención de este organismo autónomo para coadyuvar con el esclarecimiento del fallecimiento de su padre en la cárcel del citado municipio.
En dicho documento, la agraviada indirecta manifestó haber solicitado el apoyo de la Policía Municipal debido a que su padre había consumido alcohol, y pedía que fuera detenido por unas horas, por lo que los elementos procedieron a la detención y la víctima fue llevada a la comandancia municipal; no obstante con base en la investigación realizada por esta Defensoría, se tuvo conocimiento en primera instancia, que a la fecha el Ayuntamiento no contaba con un Bando de Policía y/o Reglamento en el cual, se describieran las faltas y/o infracciones administrativas en las que se pudiera incurrir, por lo que no existen algún precepto jurídico que acredite alguna infracción o falta administrativa al momento de la detención, por lo que, la DDHPO considera que la detención de la víctima fue autoritaria, indebida y arbitraria carente de justificación.
Así mismo, se tiene conocimiento que ninguno de los elementos que realizaron la detención haya efectuado el registro de detención, pues informaron no contar con datos de usuario y contraseña para el ingreso al Sistema Nacional de Detenciones, a todo ello se suma, que tampoco fue puesto a disposición del Juez Municipal y/o Síndico Procurador, ya que fue trasladado de manera directa a los separos municipales, con el argumento de que la víctima se encontraba intoxicado por el alcohol.
Este organismo autónomo también detectó la inexistencia de evidencia de que se hayan realizado las gestiones necesarias para asegurar que el agraviado estuviera asistido por una persona quien fungiera como su representante, así como la falta de médica, que evaluara su estado de salud y su vulnerabilidad, a pesar de que la persona se haya negado a una revisión, así como la falta de agua purificada y alimentación, al no contar con una partida que subsane esta obligación. En este orden, es de recalcar que la autoridad municipal no llevó a cabo los rondines necesarios, toda vez que era considerada una persona de alto riesgo, lo cual influyó a que atentara contra su vida debido al estrés producido por el encierro, el posible abuso de autoridad, la ruptura de las relaciones sociales y los lazos familiares y de pareja; sentimientos de soledad, desesperanza y abandono.
Por tanto, la presente Recomendación solicita al Presidente Municipal Constitucional de San Felipe Jalapa de Díaz, realizar en coordinación con la instancia competente la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas y demás familiares que acrediten tener el derecho, también, brindar las víctimas indirectas la atención psicológica y tanatológica necesarias para alcanzar su sanación, siendo otorgados de manera gratuita, de igual forma se pide la colaboración para dar trámite y seguimiento de la denuncia administrativa en contra de las personas servidoras públicas responsables, así como con la contribución para la integración de la carpeta de investigación.
Finalmente, este organismo autónomo solicita efectuar las acciones necesarias para emitir su Bando de Policía y Buen Gobierno, o bien un Reglamento Interno que describa las conductas que en el municipio se consideran como faltas y/o infracciones administrativas, y generar el usuario y contraseña de la Plataforma de Registro Nacional de Detenciones, y generar estrategias para proveer de agua y alimentos a las personas detenidas. Asimismo, diseñar e impartir cursos integrales dirigidos al personal del Juzgado Municipal y a los elementos de la Policía de la Dirección de la Seguridad Pública Municipal, con un enfoque preventivo y de protección a los derechos humanos.


