Fecha de emisión:
3 de septiembre de 2025.
Autoridad Responsable:
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas de Oaxaca.
Víctima:
V
Expediente:
DDHPO/0164/(01)/OAX/2025.
Motivo de la queja:
Violaciones a los derechos humanos al derecho de petición y seguridad jurídica.
Hechos:
El 30 de enero del 2025, mediante comparecencia ante personal de esta Defensoría V manifestó que el día 10 de junio de 2024, presentó un escrito dirigido AR, al cual no recibió contestación, por lo anterior, el 9 de agosto de 2024, exhibió una nueva petición ante la CEEAV, la cual fue contestada de manera parcial, sin embargo, AR fue omiso en pronunciarse acerca del punto “primero” de su petición consistente en su inscripción en el Registro Nacional de Víctimas y en la expedición de copias del expediente REV/03/2021.
Colaboración:
A la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, para que en términos del artículo 67 tercer párrafo de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca, inicie en contra de AR el procedimiento administrativo correspondiente, se substancie y resuelva con apego a derecho tomando en consideración las observaciones respecto a los hechos violatorios en que incurre como titular de la CEEAV en agravio de V y de esta DDHPO.
Recomendaciones:
PRIMERA. En un término no mayor a 8 días naturales brinde una contestación congruente a los escritos de petición de fechas 10 de junio y 9 de agosto del año en curso, formulados por V y el contenido de esas respuestas le sean notificados a V en los medios autorizados por éste.
SEGUNDA. Toda vez que V fue víctima de violaciones a derechos humanos por parte de AR inscríbase en el Registro Estatal de Víctimas, considerando los hechos referidos en la presente Recomendación, debiendo enviar a esta Defensoría las pruebas de su cumplimento, en un término no mayor a 30 días naturales.
TERCERA: Se designe a la persona servidora pública que finja como enlace con la DDHPO, para dar seguimiento de la presente Recomendación y en caso de que sea sustituida se deberá notificar oportunamente a este Organismo.
Seguimiento:
En término ser aceptada.


